CÓDIGO DE CONDUCTA Y SOSTENIBILIDAD


LEALTAD - SEGURIDAD - INTEGRIDAD - RESPETO

01.03.2023


Die KRAIBURG-Gruppe („KRAIBURG“) fEl Grupo KRAIBURG (en lo sucesivo, denominado "KRAIBURG") realiza sus negocios en todo el mundo de acuerdo con las disposiciones legales nacionales y supranacionales, así como con las convenciones internacionales vigentes, y evita el incumplimiento de la ley. KRAIBURG se compromete a actuar según las normas éticas más elevadas y a tratar a terceros con respeto e integridad, de conformidad con los principios de este Código de Conducta y de acuerdo con lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU, los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU, el Pacto Mundial de la ONU, los principios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, la ley sobre la debida diligencia empresarial para evitar violaciones de derechos humanos en la cadena de suministro (Ley Alemana de Debida Diligencia en la Cadena de Suministro o LkSG, por sus siglas en alemán) y las normas DIN ISO 9001, DIN ISO 14001 y DIN ISO 50001.

Este Código de Conducta es válido para todas las empresas proveedoras, contratantes y demás socios de KRAIBURG (en lo sucesivo, denominados "socios comerciales"), así como para su dirección, empleados y subcontratistas. Se los insta a respetar también este Código de Conducta y sus respectivos principios. Se exige que todos los socios comerciales lean detenidamente este Código de Conducta, lo firmen y actúen en el marco de estas normas. Los socios comerciales se comprometen a exigir a sus proveedores el cumplimiento de los principios y disposiciones del Código de Conducta.

Para establecer una relación de socio comercial con KRAIBURG, es condición indispensable la confirmación, el cumplimiento y la firma de este Código de Conducta o la presentación de un Código de Conducta propio que invoque los mismos principios. KRAIBURG se reserva el derecho a actualizar el Código de Conducta en caso de necesidad y exige que sus socios comerciales acepten dichas modificaciones. Las directrices individuales de compra de las filiales de KRAIBURG son automáticamente parte integrante de este acuerdo. KRAIBURG no tolera ninguna violación de este Código de Conducta.
 


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CORRUPCIÓN Y SOBORNO

KRAIBURG y sus socios comerciales, incluyendo dirección, empleados y subcontratistas, se comportan de acuerdo con la legislación pertinente respecto a infracciones penales y administrativas. Sobre todo son pasibles de recibir una sanción penal o una multa los  actos de corrupción y soborno, tanto dentro del sector privado como en relación con el sector público.

La dirección, los empleados o los subcontratistas no solicitarán, recibirán ni aceptarán la promesa de ninguna ventaja o beneficio para sí o para un tercero si como contraprestación se obtiene u obtendrá en el futuro una ventaja desleal (corrupción pasiva). De manera inversa, también está prohibido ofrecer, prometer u otorgar esa ventaja desleal (corrupción activa o soborno). Esto es válido, sobre todo, en relación con los funcionarios públicos y las personas con una función pública especial en el contexto de su actividad laboral, pero también en lo que se refiere a particulares, siempre que no exista una autorización jurídicamente válida del respectivo superior jerárquico.

En el sector privado está permitido otorgar y recibir ventajas, que en términos de la respectiva relación comercial son habituales y están socialmente aceptadas. Por regla general, dichas ventajas no deben sobrepasar un valor de 50,00 USD/EUR. La recepción o el otorgamiento de ventajas por encima de este importe requiere una autorización previa por parte del encargado del cumplimiento normativo o la dirección de la empresa. Para que la autorización pueda ser concedida, se debe descartar cualquier vínculo entre la ventaja y un favorecimiento.


LEGISLACIÓN ANTIMONOPOLIO

La competencia y la economía de mercado son elementos necesarios en una sociedad libre. Su seguridad y protección sirven a los intereses de KRAIBURG y sus relaciones comerciales. La dirección, los empleados y los subcontratistas deben observar siempre la legislación europea e internacional aplicable en materia de competencia y política antimonopolio. Sobre todo, se prohíbe lo siguiente:

 

  • Concertación de precios, aumentos y otros parámetros (rebajas, descuentos, plazos para los pagos, etc.)
  • Intercambio de información sensible para el mercado entre competidores (por ejemplo: cifras de ventas, precios, estrategias, datos de clientes o datos de participación en el mercado)
  • Reparto de mercados, especialmente asignación recíproca de clientelas y zonas de venta
  • Compromisos de exclusividad y no captación, siempre que no estén eximidos de la prohibición definida en la legislación antimonopolio 
  • Obligación de aplicar un precio determinado, es decir, obligación de los clientes a seguir vendiendo a un precio mínimo o fijo
  • Abuso de una posición dominante en el mercado
  • Acuerdo para la presentación de ofertas en una licitación pública o privada

DERECHOS LABORALES Y DERECHOS HUMANOS

KRAIBURG y sus relaciones comerciales respetan la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU, la Declaración de la OIT sobre los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo (normas laborales básicas) y las respectivas disposiciones de la LkSG (§ 2, apartado 2 , nº 1-12). Exigimos que nuestras relaciones comerciales protejan los derechos humanos internacionales, no cometan violaciones de derechos humanos ni sean cómplices de ellas. El trabajo forzado (incluido el trabajo carcelario, el trabajo esclavo y el trabajo infantil) está estrictamente prohibido. Si la respectiva legislación nacional no establece un límite de edad superior, deberá evitarse en cualquier caso la contratación de niños en edad escolar o menores de 15 años. Quedan exceptuadas las disposiciones de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), Convenio 138. Quien no ha alcanzado aún la edad de 18 años, no debe realizar trabajos peligrosos ni durante la noche. Los sueldos y demás prestaciones no deben estar por debajo del salario mínimo legal. Se deben respetar todas las demás leyes nacionales vigentes en materia laboral (por ejemplo, máximo de horas de trabajo). Se debe respetar asimismo el derecho de los empleados a la libertad sindical y las negociaciones salariales.


PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL Y CLIMÁTICA

Para todos los establecimientos en el mundo, KRAIBURG se fija objetivos ambiciosos orientados a reducir las emisiones de CO2e. A fin de alcanzar estos objetivos, se desarrollan los correspondientes programas climáticos con medidas de mitigación. Sobre la base de los principios del Pacto Mundial, los objetivos del Acuerdo de París sobre Cambio Climático y las respectivas disposiciones de la LkSG (§ 2, apartado 3, nº 1-8), KRAIBURG y sus socios comerciales asumen la responsabilidad social y ecológica respecto a la protección a largo plazo del medio ambiente y del clima.

KRAIBURG y sus socios comerciales se esfuerzan por realizar sus actividades empresariales de manera sostenible desde el punto de vista ecológico y se atienen a todas las leyes y disposiciones en vigor para la protección del medio ambiente. En la selección de nuevos socios comerciales y materias primas, el desarrollo de nuevos productos, la operación de plantas de producción, las tareas de embalaje, transporte y logística, y en el ciclo de vida completo del producto ("de la cuna a la tumba"), se verifica que todas las consecuencias derivadas tengan el menor impacto posible sobre la sociedad, el medio ambiente y el clima. Por lo tanto, todos los empleados están obligados a proteger el suelo, el agua, el aire, la diversidad biológica y los bienes culturales.

Se deben adoptar medidas de protección adecuadas, que se ajusten a la normativa legal y eviten daños ambientales. No se deben derrochar recursos. Hay que implementar un sistema de gestión medioambiental conforme a la norma ISO 14001 o un sistema comparable, y desarrollar una estrategia climática.


CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE SALUD Y SEGURIDAD

Los empleados y socios comerciales de KRAIBURG están siempre obligados a abogar por un entorno laboral seguro y saludable. Se debe respetar de manera estricta la normativa en materia de seguridad y protección laboral. Debe haber estrategias adecuadas, medidas preventivas y controles para proteger la seguridad en el trabajo y la salud de los empleados. Exigimos asimismo que estas disposiciones se cumplan dentro de la cadena de suministro.


IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, NO DISCRIMINACIÓN Y TRATO RESPETUOSO

Todos los empleados y socios comerciales de KRAIBURG deben tratar con respeto e integridad a otras personas, particularmente a aquellas con diferentes orígenes y experiencias. No se tolera ninguna discriminación por razones de origen étnico, género, religión, ideología, edad, discapacidad u orientación sexual o política. KRAIBURG y sus socios comerciales reivindican una cultura empresarial íntegra, tolerante y abierta al mundo, y promueven la protección de los derechos humanos. Los empleados no deben ser expuestos a hostigamientos o agresiones de carácter físico, psicológico, sexual o verbal.


APLICACIÓN Y VERIFICACIÓN

Los socios comerciales deben contar con un procedimiento adecuado para asegurar y verificar el cumplimiento del presente Código. Además, deben encargarse de comunicar el contenido de este Código a trabajadores, representantes y subcontratistas. En relación con la Ley Alemana de Debida Diligencia en la Cadena de Suministro, exigimos a nuestros socios comerciales que identifiquen los riesgos dentro de sus cadenas de suministro y tomen medidas adecuadas.

Se insta a los proveedores a participar en auditorías y a proporcionar a KRAIBURG información y datos (incluidas autoevaluaciones) para demostrar su cumplimiento del presente Código. El apoyo a la realización de dichas auditorías implica un permiso para que KRAIBURG y los representantes autorizados por KRAIBURG accedan a los establecimientos de los proveedores y sus subcontratistas.

Cualquier violación de este Código debe ser notificada a KRAIBURG. Las notificaciones pueden enviarse directamente a la persona de contacto correspondiente en KRAIBURG. Las violaciones del Código también pueden comunicarse a través de nuestro canal empresarial para denunciantes (ver sitio web de KRAIBURG Holding o sitios web de áreas específicas de la empresa). Nuestros socios comerciales también deben designar a una persona como interlocutora para la notificación de las violaciones al Código. KRAIBURG se reserva el derecho a poner fin a la relación comercial con empresas proveedoras que, directa o indirectamente, violen en esencia este Código.

 


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